06 marzo 2017

EVIDENCIAS DE LAS MENTIRAS DE JUAN LÓPEZ SALAZAR

En el dictamen de auditoria 2015, Juan López Salazar y sus cómplices Marcela Luna López (presuntamente exonerada por la fiscalía general del estado) y una persona de nombre Claudia Estela Santana Ibarra dicen que se pagó el 5.7% del pago total de los aguinaldos. Y bueno, el órgano superior de fiscalización señaló que lo que se le pagó a la empresa, Asesoría Integral San Petersburgo, fue la suma de 69,737,891.45 pesos, con lo que debemos entender, según la versión del propio Juan López Salazar que, esos casi setenta millones de pesos representan el pago del 5.7%.
            Si esos casi setenta millones de pesos representan el 5.7% del pago total, entonces ¿Cuánto es el pago total que se supone entregó la Universidad Autónoma de Nayarit a los trabajadores como aguinaldo? Haciendo las operaciones sencillas tenemos que la UAN debió de haber erogado más de 1200 millones de pesos, lo cual es una verdadera vacilada, una vil y burda mentira de Juan López Salazar y cómplices.
            La nómina en diciembre de 2015 ascendía, en números gruesos a 53 millones de pesos. Si consideramos dos meses de aguinaldo entonces lo que se pagó de aguinaldos son 212 millones de pesos, incluso menos puesto que siempre se nos rasura el aguinaldo ya que nos lo pagan sin incluir las prestaciones. Si a eso le sumamos el mes de diciembre, o sea otros 106 millones de pesos, cuando mucho se debió haber pagado a los trabajadores por el mes de diciembre y aguinaldos, la suma de 318 millones de pesos. Si a esta suma le aplicamos el 5.7% que se supone cobró la empresa San Petersburgo, entonces lo que debió de haber pagado Juan López Salazar por el simple hecho de hacer la dispersión de los pagos, cuando mucho ascendería a poco más de 18 millones. Pero pagó ¡casi setenta millones! Y sin considerar el mes de diciembre sino solamente el pago de aguinaldos tal como lo dice el propio Juan López Salazar, entonces debió de haber pagado ¡Doce millones de pesos solamente!
            ¿Ustedes creen que Juan López haya sido inocente al pagar esa suma? Si tenía casi 18 años manejando el presupuesto universitario, ¿ustedes creen que haya sido una inocentada? Por supuesto, inocentada que ni siquiera denunció y de la cual Nacho Peña sigue guardando un sospechoso silencio muy parecido a la complicidad. Obviamente, ese tipo de acciones son una más de las acciones que hizo Juan López para robar a manos llenas del patrimonio universitario con la complicidad de las mafias internas y del silencio de las autoridades gubernamentales, quienes ante tanto latrocinio jamás dijeron nada hasta que se destapó la pestilente cloaca con el tema de los vigilantes que recibieron millonarias transferencias.
            Obviamente, es un descarado como burdo acto de corrupción para saquear las arcas universitarias. El contrato que ampara dicha operación tiene fecha del 15 de octubre del año 2015 dice que la Universidad hará aportaciones al EL FONDO por gasto y cuenta propia indicándole a LA PRESTADORA la cantidad que corresponda dispersar o depositar a cada trabajador en su cuenta bancaria individual o de nómina que sea beneficiado con las aportaciones a EL FONDO. Dicho fondo que tiene la empresa Asesoría Integral San Petersburgo se denomina FONDO DE PENSIÓN DE SUPERVIVENCIA Y DE INVERSIÓN TRIPARTITA PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA ASESORIA INTEGRAL SAN PETERSBURGO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, según registro número ID PLAN: 3hvzxx0khiw126-1, de fecha 28 de mayo del año 2015. Tipo de plan Híbrido o Mixto.
            Pues bien, Juan López Salazar deberá comprobar que esas aportaciones se hicieron al dichoso fondo y este a su vez tendrá que demostrar que hizo las transferencias a las cuentas individuales a los trabajadores. Pero no sólo eso, sino que, además, el Sistema de Administración Tributaria, SAT, deberá estar atento a estas situaciones, lo mismo que la CONSAR, tal como se establece en los dos puntos siguientes establecidos en el contrato: a) El timbrado que se realice conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, donde se identificarán los conceptos y beneficios obtenidos por los trabajadores con las aportaciones realizadas por la UNIVERSIDAD a EL FONDO, ello para los efectos fiscales correspondientes. Dichos recibos timbrados por la PRESTADORA deberá entregarlos ya impresos y en forma mensual a la UNIVERSIDAD o en su defecto optar por implementar el software o aplicación más adecuada que le permita generar los archivos electrónicos que contengan la totalidad de los recibos timbrados en forma mensual, de forma que pueda disponer y operar tales archivos para generar las impresiones de aquellos trabajadores que soliciten tal comprobante y b) Por las transferencias electrónicas realizadas desde las cuentas bancarias de LA PRESTADORA en la cual quedará reflejada la operación dentro del portal de la Institución financiera, así como en los estados de cuenta bancarios expedidos por dicha institución, en el que se apreciará: 1.- El nombre del Trabajador beneficiario de EL FONDO; 2.- Las cantidades depositadas por concepto materia de EL CONTRATO, 3.- El número de cuenta bancaria del Trabajador beneficiado.
            De lo anterior podemos ver que Juan López Salazar deberá comprobar que la PRESTADORA hizo entrega de los recibos timbrados, lo cual será muy difícil puesto que el mismo Juan López en el dictamen de auditoria 2015 reconoce que no hay evidencia de eso y, por otro lado, se deberá demostrar que las transferencias a las cuentas individuales se hicieron desde las cuentas de EL FONDO.
            Por último, una muestra más de la evidencia de fraude se muestra en la cláusula de la forma de pago. “Manifiesta la UNIVERSIDAD, que el pago de la cantidad que resulte en forma quincenal o mensual por los servicios prestados, será cubierta con la misma periodicidad con que se realicen tales aportaciones y en cuanto la PRESTADORA demuestre que los trabajadores recibieron en sus cuentas bancarias individuales el depósito correspondiente a la aportación que realice LA UNIVERSIDAD”. La empresa recibió un pago el 25 de noviembre de ese año y otro el 17 de diciembre. Si el contrato se firmó el 15 de octubre, entonces debió de haber recibido un pago el 30 de octubre, otro el 15 de noviembre, otro el 30 de noviembre y otro el 15 de diciembre y el ultimo que correspondería al pago de aguinaldos. Pero solo hubo dos pagos, uno de doce millones y el otro casi de 58 millones. Además, como es sabido, los trabajadores no recibimos el aguinaldo de ningún fondo, por lo cual, queda al desnudo el fraude cometido por Juan López y su pandilla.
PD. La empresa ya también la denuncié ante el SAT.


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