Quienes pretenden manipular el proceso de sucesión de rector en
la UAN, le apuestan a que dicha elección sea exclusivamente con los consejeros
universitarios, al margen de la comunidad universitaria. Y argumentan dos
cosas: 1) Que la ley dice que solamente los consejeros votan y 2) que es una
tradición que se haga asi. Comentemos los dos aspectos.
Empiezo
por el segundo. Las tradiciones, usos y costumbres o como se le quiera llamar,
son fuente de derecho donde no hay nada regulado. Pero en el caso de la UAN hay
regulaciones y principios generales establecidos en las leyes universitarias.
Lo que ellos llaman tradición, no es mas que el predominio del clima de
impunidad que caracteriza a la UAN: Cuatro personajes se reúnen, deciden quien
ocupa la rectoría y luego legalizan la elección en el Consejo General Universitario.
¿Y la comunidad universitaria? Obviamente, excluida de todo el proceso.
Siempre lo he
sostenido, no es porque haya tiempos de elección y porque aspire a ser rector,
siempre he dado la batalla para que ese clima de impunidad termine o sea pues,
me niego rotundamente a aceptar como normal un clima de impunidad interna, me
niego rotundamente a aceptar que los universitarios seamos cómplices de ese
tipo de prácticas nocivas que han hundido a la universidad hasta la situación
que hoy vive. Es el tiempo de que eso que para ellos es normal o tradicional,
ya no siga. Por eso sostengo que esta elección debe ser una elección en la que
los alrededor de 35 mil universitarios deben participar en el proceso
sucesorio, no solamente los poco mas de cien consejeros universitarios sean los
que deben decidir.
Respecto del
primer punto veamos las cosas. Es cierto que el procedimiento establecido en la
ley es que el consejo general universitario se
reúne y ahí votan los consejeros de manera nominal y abierta. Lo cual me
parece excelente porque si los consejeros llevan los votos de sus
representados, ahí sabríamos si algún consejal votó en contra de lo que sus
representados le mandataron mediante la elección en sus unidades académicas.
Pero lo que
dicen los que pretenden manipular la elección es que solamente voten por el
candidato que quieran los puros consejeros, sin elección en las unidades
académicas. Pero lo que jamás mencionan es que es la comunidad universitaria la
que debe decidir el proceso sucesorio, no los consejeros. Y eso está claro en
la ley. El artículo 86 del estatuto de gobierno dice textualmente asi: “LA
COMUNIDAD UNIVERSITARIA ES LA DEPOSITARIA DE LAS DECISIONES INSTITUCIONALES, LA
CUAL GENERA Y EJECUTA LAS TAREAS SUSTANTIVAS Y ADJETIVAS; SUS INTEGRANTES
TIENEN PLENO DERECHO A DESARROLLAR SUS CAPACIDADES INTELECTUALES, TÉCNICAS Y
MANUALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES DE LA UNIVERSIDAD”.
¿Qué significa
la afirmación de que la comunidad universitaria es la depositaria de las
decisiones institucionales? Para entender esto lo primero que debemos plantear
quien es la comunidad universitaria. ¿Son los consejeros? Pues no. La comunidad
universitaria somos todos los universitarios, y en todos los universitarios,
por ley, se está depositando la decisión del rumbo universitario, no en los
consejeros exclusivamente. Por eso mismo, los consejeros universitarios no
solamente están obligados moralmente a convocar a elecciones a sus
representados, sino que es una obligación jurídica que lo hagan pues la decisión
de elegir rector, que es una decisión institucional, no compete a los
consejeros sino a todos los universitarios, o como dijeran los políticos, la soberanía
están en el pueblo, en este caso, la soberanía está en el pueblo universitario.
Los votos de
los consejeros universitarios no son votos unipersonales, no son votos en los
que ellos puedan unilateralmente decidir por quien les de su gana, sino que son
votos que están condicionados al mandato del pueblo universitario, lo dice la
ley. Si no se acata la ley, entonces eso será, con toda certeza, un argumento
jurídico para aquellos que queremos democracia, que queremos y exigimos que el
clima de impunidad se termine y para ello es necesaria la participación de
todos los universitarios en el proceso. Por tanto, el consejo general
universitario, que seguramente sesionará allá por el dos o tres de mayo para
aprobar la convocatoria, tendrá que considerar la participación de los universitarios
en el proceso. Si no lo hacen, los riesgos en que se incurre son muchos porque
no solamente puede haber respuestas de hecho de parte de los universitarios
sino que eso se puede llevar a los tribunales electorales para garantizar las
prerrogativas constitucionales que todos tenemos como es el derecho al voto. robertogbernal@gmail.com
PD. “Por una universidad
sustentable, con educación de calidad, con mayor cobertura, comprometida con el
desarrollo local, con responsabilidad social, con el respeto al estado de
derecho, con la transparencia y la rendición de cuentas, con la equidad de
género y con una profunda vocación democrática” www.trincherauniversitaria.blogspot.mx
