21 febrero 2019

¿Y POR QUÉ NO METEN AL “BOTE” AL RECTOR?


El gobernador Echevarría, a través de su auditor “carnal”, el licenciado Benítez, y de su fiscal “carnal” el licenciado Petronilo, les echaron el guante a los funcionarios de la pandilla del ex gobernador Sandoval. El delito que cometieron es el desvío de recursos. Mi pregunta: ¿Por qué no le echan el guante al rector Nacho Peña si lo tenemos denunciado por el mismo delito? La evidencia está a flor de piel: No pagó aguinaldos cuando los sueldos y salarios ya están etiquetados para ese rubro.
            Nachito Peña entró como rector a partir de junio del año 2016. Pues lleva desde el 2016, 2017 y 2018, cometiendo ese delito y nunca le han hecho nada. El gobernador Echevarría, a través de su “fiscal carnal” no puede fingir desconocimiento. Ahí están las denuncias, ahí están las pruebas y ahí tienen el expediente congelado, en donde las propias autoridades universitarias reconocen que si cometieron el desvío. A confesión de parte relevo de pruebas, dijeran los abogados.
            En el informe de la cuenta pública del año 2017 que presenta el “auditor carnal” señala como responsable al rector solamente en tres casos: en el primer por no presentar información solicitada, en el segundo por el tema del no pago de las cuotas obrero patronal del IMSS y por no enterar el ISR al SAT y en el tercero por hacer pagos a personal de manera doble que es donde quizá pueda verse el tema de los aviadores. Sin embargo, la auditoria no esclarece nada respecto al desvío de recursos que le dan a la FEUAN ni tampoco esclarece nada respecto a recursos desviados en la primaria y la secundaria del “Pelón” Hernández Escobedo.
            Pero luego entonces, si a los delitos cometidos por Nacho Peña en el sentido de desviar recursos destinados al pago de salarios de todos los trabajadores con las respectivas prestaciones de fin de año, se le suman los delitos que comete por no pagarle al IMSS y por no pagarle al SAT lo que les descuenta a los trabajadores por concepto del impuesto sobre la renta.
            La acusación en el caso del SAT, el “fiscal carnal” dice asi: “No se realizaron los respectivos enteros por concepto de retención de Impuesto Sobre la Renta de Sueldos y Salarios durante el ejercicio 2017, por la cantidad de $82,657,294.99 (ochenta y dos millones seiscientos cincuenta y siete mil doscientos noventa y cuatro pesos 99/100 moneda nacional), de acuerdo a lo manifestado mediante oficio número UAN.SFA.641/2018 de fecha 24 de octubre de 2018; los cargos que se identifican corresponden a pagos de adeudos del ejercicio anterior sin cubrir en su totalidad, subsistiendo un saldo por la cantidad de $314,036,636.71 (trescientos catorce millones treinta y seis mil seiscientos treinta y seis pesos 71/100 moneda nacional)”
             Esa acusación la quiso solventar el rector mediante una justificación que el “fiscal carnal” no aceptó puesto que, una vez que fue revisada la argumentación para que quedara subsanada esa irregularidad, el “auditor carnal” le respondió que la irregularidad se confirma. ¿A que se hace acreedor el rector de la UAN por cometer ese delito? O sea no solamente comete el delito de desvio de recursos sino que ademas comete el delito de quitarles el impuesto sobre la renta a los trabajadores y no entregarlo al SAT.
            Bajo esa perspèctiva entonces, el rector está cometiendo más delitos que los integrantes de la pandilla del ex gobernador  sandoval, a quienes ya “entambaron”. Si por menos delitos ya los detuvieron, luego entonces, ¿Por qué el “auditor carnal” no interpone la denuncia penal ante el “Fiscal carnal” para que éste les eche el guante? Lo que hace el rector es simple y llanamente corrupción y, si la corrupción está considerada como delito grave entonces ¿por qué no se actúa contra este servidor público?
            Viendo asi las cosas, ¿estaremos ante un gobierno en el que a los amigos les da “justicia y gracia” y a los enemigos “justicia a secas”? Estaremos ante un gobierno que estira la cuerda legal solamente para castigar a los adversarios políticos y la estira para el otro lado, para el lado de proteger a los amigos o socios politicos? ¿O cómo interpretar que haya denuncias añejas y el “fiscal carnal” se haga como que la virgen le habla pero, por otro lado, sea eficiente ante recientes denuncias interpuestas por el “auditor carnal”?
            Desde luego, reconocemos públicamente que se castigue a corruptos, que se castigue a delincuentes de cuello blanco, pero en lo que no estamos de acuerdo es en que la ley no se aplique de manera pareja, tal como aparenta ser el caso. En lo personal me gustaria que tanto el “fiscal carnal” como el “auditor carnal” y el jefe de ambos, aclararan las razones del porque no se castiga a corruptos universitarios si ahí existe mucho lodo.
PD. Sin duda alguna que el “auditor carnal” tiene amplias facultades para inerponer denuncias ante el “fiscal carnal”. Está establecido en la ley. Reconocemos que haya interpuesto varias denuncias derivadas de la revisión de la cuenta pública del año 2017. La duda que nos embarga es que no se actúa contra los corruptos universitarios, iniciando por supuesto, con Nachito Peña, no con los charalillos. ¿Hasta cuando les dirá el gobernador Echevarría a sus “carnales”, el auditor y el fiscal, que ya actúen?


OTRA DENUNCIA CON NAVARRO ¿Y?

CON NAVARRO QUINTERO EN 2018 ¿Y?