26 octubre 2015

SPAUAN: TORPEZAS POLÍTICAS DE CARLOS MUÑOZ FORTALECEN LIDERAZGO DE ANTONIO AGUILAR

Carlos Muñoz viene cometiendo una serie de torpezas políticas que día con día consolidan más la unidad de los académicos jubilados del SPAUAN en torno a su líder Antonio Aguilar, quien ha dicho claramente que no hay reestructuración del fondo ni creación de uno nuevo si antes no hay rendición de cuentas y transparencia en los dineros que se esfumaron del dichoso fondo de pensiones de la UAN. Los esfuerzos desesperados de Carlos Muñoz por desarticular el movimiento de los jubilados están centrados en la falta de reconocimiento de los jubilados como una sección sindical del SPAUAN. Como prueba de ello, les giró un oficio en el que se demuestra la torpeza política de Carlos Muñoz en ese tema. En lo que sigue les comento los argumentos esgrimidos por el actual líder del SPAUAN para desconocer a los jubilados como sección sindical.
            En el inciso a de su escrito, recurre al capitulo primero, artículos primero y cuarto de los estatutos, donde fundamenta una primera razón para desconocer a los jubilados como sección sindical. Dichos preceptos dicen: “CADA SECCIÓN SINDICAL SERÁ CONSIDERADA COMO CÉLULA DE NUESTRA ORGANIZACIÓN, PERO TENDRÁ INDEPENDENCIA COMO UNIDAD ORGÁNICA EN SU RÉGIMEN INTERNO, FORMADO POR EL NÚMERO DE MIEMBROS ADSCRITOS A UNA ESCUELA”….. “ES DOMICILIO LEGAL DE CADA SECCIÓN SINDICAL EL DE LA UBICACIÓN DE SUS RESPECTIVAS ESCUELAS”. O sea, el argumento es que no tienen domicilio ni laboran en ninguna escuela. Para empezar, ni el SPAUAN tiene domicilio. Los estatutos señalan el domicilio del SPAUAN como el de tepic, lo cual tambien ejemplifica que ni el SPAUAN tiene domicilio, eso sin contar lo que todo mundo sabe: que la casa del jubilado del SPAUAN está a un lado de las oficinas de esa organización sindical. EL otro argumento que se señala es que los jubilados no laboran en ninguna escuela. Dicho argumento refleja ignorancia o dolo de parte de Carlos Muñoz porque en la Universidad no existen ni facultades ni escuelas, sino unidades académicas.
            En el inciso b, Carlos Muñoz argumenta su negativa a reconocer a la sección de jubilados  con base en el capitulo segundo, articulo decimo inciso n (aunque en realidad es el m de los estatutos dado que el n no existe) en el que se establecen las obligaciones de los miembros del SPAUAN, cuyo inciso referido dice: “VELAR PERMANENTEMENTE POR LA UNIDAD Y LA INTEGRIDAD DEL SINDICATO DE PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD, Y REALIZAR TODO AQUELLO QUE LA BENEFICIE Y ENALTEZCA; COMBATIR Y ABSTENERSE DE EJECUTAR ACTOS Y PROCEDIMIENTOS QUE IMPIDAN LA SUPERACIÓN Y LESIONEN, EL BUEN NOMBRE DE NUESTRO ORGANISMO”. Este argumento ni siquiera tiene razón de ser pues los jubilados del SPAUAN están cada vez más unidos en torno a su lider de sección, ademas, los jubilados están enalteciendo al SPAUAN al exigir transparencia y rendición de cuentas del fondo de pensiones y por tanto están combatiendo toda práctica de impunidad y corrupción en el manejo del patrimonio de los académicos tanto activos como jubilados.
            En el inciso c, Carlos Muñoz funda su negativa de reconocimiento a la sección sindical de los jubilados con base en el capitulo quinto, articulo vigésimo primero que dice: “CADA ESCUELA O FACULTAD CONTARA CON UN ORGANISMO QUE SE DENOMINARÁ SECCIÓN SINDICAL, EN EL CUAL SE CONGREGARÁN LOS MIEMBROS QUE TRABAJEN EN UNA DETERMINADA FACULTAD O ESCUELA”. En otros términos, el argumento central es que los estatutos solo reconocen a quienes trabajen en facultades y escuelas. Vuelvo a repetir la critica: En la Universidad no existen facultades ni escuelas, sino Unidades Académicas, por lo tanto, negar la realidad del SPAUAN con unos estatutos obsoletos es una torpeza política. Autismo político.
            Por último, en el inciso d de su escrito, acude al capitulo séptimo, artículo trigésimo segundo, para negar el reconocimiento a su sección. Dicho articulo dice: “LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA SECCIÓN SINDICAL DE FACULTAD O ESCUELA SE REALIZARÁ: A) CUANDO UN ASUNTO DE INTERÉS GENERAL LO REQUIERA, A SOLICITUD DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA SECCIÓN, PREVIO ACUERDO CON EL COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO; B) CUANDO LO SOLICITEN MÁS DE LA MITAD DE LOS MIEMBROS DE LA SECCIÓN Y DE SER NECESARIO A CRITERIO DE LOS MISMOS CON ACUERDO DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO; C) CUANDO EL COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO LO CONSIDERE NECESARIO; D) PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCIÓN ANTERIOR CUANDO SOLICITEN MÁS DE LA MITAD DE LOS MIEMBROS DE LA SECCIÓN UNA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA, EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA SECCIÓN DISPONE DE SOLAMENTE 48 HORAS PARA REALIZARSE, SITUACIÓN QUE LOS MIEMBROS DE LA SECCIÓN DEBEN DAR A CONOCER AL COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO, AL MISMO TIEMPO QUE ENTREGUEN LA SOLICITUD DE ASAMBLEA AL COMITÉ DE LA SECCIÓN”. Dicho articulo sólo hace referencia a cómo deben funcionar las secciones sindicales y, si los jubilados aún no son reconocidos como sección sindical pues ni siquiera deberia referirse este articulo como argumento para negarles el reconocimiento. Estas torpezas políticas fortalecen la unidad de los jubilados en torno a su lider Antonio Aguilar, quien se ha puesto la camiseta como un defensor real de los intereses de los académicos. robertogbernal@gmail.com
PD. Carlos Muñoz deberia dejar su primitivismo político al no reconocer las libertades constitucionales como es el derecho a la libre a la asociación. En segundo lugar, Es una falta de respeto a los académicos el negar el reconocimiento a los jubilados cuando todo mundo sabe que ahí hay muchos académicos y hasta ex dirigentes del SPAUAN quienes en su momento lucharon por defender al SPAUAN de las agresiones rectorales, con sus  excepciones claro está. Y en tercer lugar y con base en los articulos tercero y sexto de los estatutos, los jubilados se pueden constituir como sección sindical haciendo una asamblea constitutiva, levantar acta, entregarla al comité ejecutivo del sindicato y registrarla ante la junta de conciliación y arbitraje, ya que no solamente los amparan los estatutos en todo lo relativo a sus derechos  sino que ademas pagan sus cuotas sindicales. Dichos articulos dicen: “LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS QUE HAYAN SIDO JUBILADOS O PENSIONADOS, SEGUIRÁN PERTENECIENDO AL SINDICATO DE PERSONAL ACADÉMICO Y SE CONSIDERARÁN COMO MIEMBROS ACTIVOS PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES…… SON MIEMBROS DEL S.P.A.U.A.N., LOS TRABAJADORES DOCENTES QUE ACTUALMENTE PRESTEN SUS SERVICIOS, YA SEA CON CARÁCTER PERMANENTE, INTERINO O TRANSITORIO, ASÍ COMO LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS Y LOS QUE LLEGUEN A PRESTAR EN LO SUCESIVO SERVICIOS DOCENTES, SIEMPRE QUE, PERTENEZCAN AL SINDICATO Y CONTRIBUYAN ECONÓMICAMENTE AL SOSTENIMIENTO DEL MISMO, YA QUE NINGUNA ORGANIZACIÓN VALE SI ESTA NO ES SOSTENIDA POR SUS AGREMIADOS”. Y por si eso fuera poco, en ninguna parte de los estatutos se prohibe que los jubilados se organicen como seccion sindical. Razón le sobra al licenciado Rábago Hernandez cuando señala que Carlos Muñoz no tiene asesores y si los tiene son muy……” www.trincherauniversitaria.blogspot.mx








OTRA DENUNCIA CON NAVARRO ¿Y?

CON NAVARRO QUINTERO EN 2018 ¿Y?