Tal parece que este mal gobierno ya se acostumbró a varias cosas: a darle circo, pan y atole con el dedo al pueblo. Yo no se sí nuestros distinguidos diputados opositores apoyaron esta ley, seguramente si, con sus honrosas excepciones de diputados que sí dignifican el trabajo legislativo al no actuar como lambiscones y zalameros del gobernador.
Sin embargo, hay que decirles a los ciudadanos que una vez más, los diputados, principalmente del PRI que son los que dominan la cámara de diputados, se burlaron una vez más del pueblo, nos siguen dando atole con el dedo y, como siempre lo he dicho, pretenden vernos la cara de tartufos al aprobar una ley de participación ciudadana que no promueve la participación, es decir, dicen si pero no.
No voy a transcribirles todo el articulado, pero lo que sí les voy a señalar son dos cosas fundamentales establecidas en la ley y que son factores que limitan y acotan la participación del pueblo en la toma de decisiones públicas. Y son cosas que representan precisamente la burla al pueblo de Nayarit.
Primero, les quiero decir que las figuras aprobadas en la ley citada solamente son el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular. Pues bien, ¿quienes pueden solicitar el referéndum? La respuesta la da la ley: el 5% de la lista nominal. ¿quienes pueden solicitar el plebiscito? El 5% de la lista nominal si se trata del estado y si se trata de municipios varía: si el municipio tiene hasta diez mil electores tendrá que ser el 20%, si tiene entre diez y veinte mil el 18%, entre veinte y cincuenta mil el 15%, entre cincuenta y cien mil electores el 12% y si son más de cien mil entonces el 10% de los electores.
¿A poco no esta a toda madre esta ley como para presumir que se promueve la democracia y la participación del pueblo pero en los hechos ponerles candados para que no haya participación? A los partidos que compiten en procesos electorales, les dan financiamiento y solamente les piden el dos por ciento de la votación para mantener el registro o el 1.5 por ciento para tener derecho a diputados plulrinominales. Ni siquiera les piden ese dos por ciento de la lista nominal, sino solamente ese porcentaje de los que votan.
Échenle números para el caso de Tepic. Si en este municipio los ciudadanos se animaran a solicitaran plebiscito las cosas estarían así. Como en Tepic hay más de cien mil electores (es como el 34% de la lista total del estado la que se concentra en Tepic), entonces el diez por ciento de la lista nominal son quienes tienen que reunirse para solicitar el plebiscito. ¿ y cuantos son? Según el instituto estatal electoral de Nayarit, en Tepic son 273,682 mil electores, por tanto, el 10% son más de 27 mil almas las que se tendrían que poner de acuerdo para solicitar el plebiscito. ¿No es una locura?
Y es el mismo caso si se tratara de referéndum o plebiscito a nivel estatal, se requiere el cinco por ciento de la lista nominal para poder solicitar. ¿Cuantos electores hay en la lista nominal? Según la autoridad electoral de Nayarit son 781,328 mil electores, o sea, se tendrían que poner de acuerdo casi 35 mil gentes para solicitar cualquiera de esas dos figuras. O sea pues, promueven una ley de participación para que no haya participación popular.
Y esto sin contar con otro elemento que sirve de control de los procesos de participación. Es decir, son tan temerosos que han de haber pensado que si acaso se llegará a juntar el montón de ciudadanos que ellos dicen para solicitar su participación, entonces se pusieron abusados y crearon una figura que permite desechar la solicitud, es una figura con funciones primordiales para conocer,organizar y decidir si procede o no la,solicitud. Le llaman la junta estatal ejecutiva, junta que no aparece su integración en ninguna parte de la ley. Es decir, le dan atribuciones importantísimas pero no se dice en ningún lado de la ley quienes son los que la integran. Seguramente serán gentes del gobernador o de sus empleados en el congreso.
Tan sólo quise comentarles estas dos situaciones sin abundar en otras que limitan más la participación del pueblo en la toma de decisiones. Hay artículos que establecen en donde no se pueden invocar figuras de esa naturaleza y, si se dieran cuenta en que áreas o partes no se puede invocar la participación, se darán cuenta que es puro atole con el dedo. Nomás como ejemplo les digo que el pueblo no podrá generar iniciativas de ley en lo referente a fiscalización y transparencia y en lo que compete a responsabilidades de los servidores públicos. así las cosas. robertogbernal@gmail.com
PD. ¡Viva Nayarit! www.trincherauniversitaria.blogspot.com
29 enero 2013
LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ATOLE CON EL DEDO AL PUEBLO
By ROBERTO GONZALEZ BERNAL at enero 29, 2013
