Íbamos alegres, con mucho júbilo, nos dirigíamos
a una institución de apoyo a los trabajadores, al FONACOT. Era un poco más del mediodía
del viernes pasado, llegamos a la institución y, con mucho entusiasmo, mi
compañero, del que evito su nombre, se dirigió con un regordete y amable joven
que hacia esfuerzos por darnos la información acerca de los créditos para los
jubilados, en especial para los jubilados de la Universidad Autónoma de
Nayarit.
El
rechonchito muchacho, se introdujo a las oficinas para plantearle el tema a su
jefe, pero era jefa, quien resultó ser una excelente amiga del escribano de la
trinchera. Ella nos dio la terrible noticia de que FONACOT, en sus políticas
nacionales definía que los jubilados y pensionados como personas a las que se les consideraba no ser sujetos de crédito, que sólo a los
trabajadores en activo, no a los jubilados y pensionados, se les podía apoyar
con créditos. De inmediato pensé: ¡Viva México Cabrones!
Y
es que ¿Cómo es posible que Peña Nieto ande presumiendo por todos lados su
política de respeto al estado de derecho y su política de defensa a ultranza de
los derechos humanos y esta institución, que “es un organismo público descentralizado de interés
social sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con
personalidad jurídica y patrimonio propio y autosuficiencia presupuestal”, se
ponga a discriminar a los trabajadores pensionados y jubilados?. Se zurran en
la constitución y los derechos humanos. Transcribiré el artículo primero
constitucional para tales efectos.
“En los
Estados Unidos Mexicanos, todas las
personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta
constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano
forma parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no
podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones
que esta constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se
interpretarán de conformidad con esta constitución y con los tratados
internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la
protección más amplia. Todas las
autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar
los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado
deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos
humanos, en los términos que establezca la ley. Está prohibida la esclavitud en
los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al
territorio nacional alcanzarán, por este sólo hecho, su libertad y protección
de las leyes. Queda prohibida toda
discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las
discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que
atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas”.
¿Así o más claro? Habria que hacerle
esa pregunta a los titulares del FONACOT. Además, en la ley que regula esta
institución, en ningún lado se establece que los trabajadores jubilados y
pensionados no puedan acceder a los financiamientos. De hecho, el artículo
segundo de la ley, en su primer párrafo establece el objeto para el que fue
creado el FONACOT. Dice así: “El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo
de los Trabajadores tendrá́ como objeto promover el ahorro de los trabajadores,
otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición
de bienes y pago de servicios”. ¿EN DONDE SE PROHIBE QUE LOS TRABAJADORES JUBILADOS
Y PENSIONADOS NO ESTÁN CONSIDERADOS? Para disipar dudas, también consultamos el
reglamento de dicha ley y en ningún lado se establece que los trabajadores
jubilados y pensionados no deban ser considerados como beneficiarios del
funcionamiento de esta institución, Así que si en ninguna parte de las leyes se
establece esta discriminación, por ningún motivos los funcionados o servidores
de dicho organismo pueden actuar por encima de la ley, zurrándose en la Constitución
y en las propias leyes que regulan el funcionamiento de dicho organismo. No
pueden las instituciones públicas manejarse a capricho de funcionarios o
políticos, deben sujetarse al orden constitucional. Lo peor que pueden hacer es
eliminarles beneficios a quienes dieron su vida al país trabajando en la construcción
de las instituciones públicas, eso habla de funcionarios mediocres pues aún no
entienden que esas instituciones se forjaron, nacieron y se consolidaron, con
los impuestos que pagaron esos que ahora son discriminados, por esos a los que
ahora se les niegan los beneficios que ellos mismos ayudaron a construir con
sus impuestos. ¡Viva México cabrones!
PD. Todo agüitado, mi amigo con el que acudí al FONACOT, me
dijo: “y yo que pensé que me estaban discriminando por negro, pero no, era por
viejo”
